EL RÉGIMEN DE PATENTES

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Así como el régimen de copyrights y derechos de autor cubre las "expresiones de ideas", el sistema de patentes cubre las "aplicaciones de ideas" en tanto sean innovadoras, originales en su campo, no obvias y tengan aplicación industrial. Si bien en teoría las patentes no cubren ideas en sí, como ninguno de estos monopolios, no hay nada que se parezca más a la apropiación de una idea pura como una patente.
Una patente es un derecho monopólico exclusivo otorgado por un estado a una empresa, individuo u organización por una invención, definida sobre un producto o proceso que ofrece una nueva manera de hacer algo, o una nueva solución técnica a un problema. Ese monopolio tiene una duración limitada que suele ser de 20 años. Vencido el plazo estipulado por ley, la invención entra al Dominio Público. A diferencia del copyright, el reconocimiento de patentes no es automático y requiere un trámite burocrácito. El sistema prevé que las patentes sean concedidas por oficinas nacionales de patentes, o por alguna oficina regional, como es el caso de la Oficina Europea de Patentes. A nivel internacional, existe el "Tratado de Cooperación en materia de Patentes" administrado por la OMPI , que estipula la presentación de una única solicitud internacional de patentes, que tiene el mismo efecto que las solicitudes nacionales presentadas en los países signatarios.
La noción de patentes se remonta a la Europa Medieval, cuando las monarquías entregaban derechos monopólicos (litterae patentes) sobre los inventos bajo la condición de que ese conocimiento fuera publicado y enseñado a otros. El objetivo era que la sociedad pudiera beneficiarse, aprender y que se desarrollaran nuevos inventos a partir de cada logro.
En 1443 aparecieron las primeras patentes en Venecia. En 1624, la corona británica intentó otorgar todo tipo de monopolios para crear una serie de rentas para la corona, pero tras negociaciones con el parlamento se resolvió otorgar monopolios única y exclusivamente para invenciones. En 1787, la Constitución de los EEUU de Norteamérica otorgó al Congreso la facultad de "fomentar el progreso de la ciencia y las artes útiles, asegurando a los autores e inventores, por un tiempo limitado, el derecho exclusivo sobre sus respectivas obras y descubrimientos". Paulatinamente los diferentes países fueron incorporando leyes de patentes5.
Pero así como el derecho de autor es relativamente reciente en la historia de la humanidad, lo mismo pasa con el sistema de patentes.
Un dato importante a tener en cuenta en el campo de las patentes – que también se aplica a las marcas – es que es regido por dos derechos, el derecho a utilizar y el derecho a prohibir. Es decir, que el detentor de una patente no sólo tiene el derecho al usufructo de la misma sino que tiene la potestad de impedir que un tercero implemente la idea sobre la cual detenta la patente, salvo en casos excepcionales donde los Estados, a través de sus oficinas de patentes, pueden autorizar este tipo de acciones. Sin embargo, ésto entra dentro del campo de las excepciones y como tales deben estar justificadas de alguna manera