El tráfico de menores se presenta como una modalidad del delito de "privación ilegal de la libertad", al expresarse en la nueva fracción III del artículo 366 del Código Penal Federal que, "Se aplicarán de veinticinco a cincuenta años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días multa, cuando la privación de libertad se efectúe con el fin de trasladar a un menor de dieciséis años fuera de territorio nacional, con el propósito de obtener un lucro indebido por la venta o la entrega del menor."
Sobresale el párrafo que establece, hasta ahora, la mayor calificación penal en nuestro sistema jurídico, al otorgar una sanción de setenta años de prisión cuando la víctima de un secuestro sea privada de su vida. |